Receso de verano


La Resolución 402/14 que lleva la firma del Rector de la Universidad Nacional de Entre Ríos, Jorge Gerard, establece que el receso de verano será entre el 29 de diciembre del 2014 hasta el 30 de enero del 2015 para todas las dependencias de la Universidad.

En sus considerandos, la Resolución estable “”Que el mismo debe fijarse con antelación a los efectos de cumplir con el plazo para su comunicación, previsto en el Artículo 86º del CCT, homologado por Dec. Nº 366/06. “Que a tal fin corresponde aplicar el Artículo 84º y su reglamentación del referido Convenio Colectivo”. “Que de acuerdo a las facultades otorgadas por el Consejo Superior, y según lo establecido en el Artículo 16º, Inciso i), del Estatuto”.

A partir de esto, el Rector de la Universidad Nacional de Entre Ríos, resuelve en el Artículo 1º "fijar un período de receso de actividades de verano para todas las dependencias de esta Universidad, a partir del 29 de diciembre de 2014 y hasta el 30 de enero 2015, ambas fechas incluidas".

En el Artículo 2° de la Resolución, se dispone que “el personal de la institución goce de la licencia anual ordinaria durante el lapso establecido en el artículo anterior, sin perjuicio de aquellos que tuvieran derecho a un tiempo mayor de licencia, los que podrán continuar haciendo uso de la misma”.

En su artículo 3º determina que a los “agentes que les corresponda un plazo menor de licencia anual ordinaria al dispuesto para el receso, pueden ser requeridos a cumplir con sus actividades durante el tiempo que reste del mismo”.

El Artículo 4° precisa que “por el tiempo del receso y por razones  de servicio debidamente justificadas, las áreas que así lo requieran, podrán ordenar el funcionamiento de guardias mínimas para atender sus necesidades”.

 

FUENTE: UNER Noticias



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